Saltar al contenido

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Ofertas de empleo en España

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Escribimos en redes sociales y aplicaciones de mensajería como si creyésemos que nunca va a pasarnos nada o como si estuviésemos entre amigos. Pero nada más lejos de la realidad. Insultar y amenazar en redes sociales pueden convertirse en un delito y son muchas las conductas habituales en Internet que se recogen como delito en el Código Penal con penas de prisión de hasta cinco años según la conducta.

España Formación

Noticias España Trabaja

Insultar en redes es delito y si te insultan así es como debes actuar

¿Qué te puede pasar por insultar o amenazas en redes sociales? ¿Cuáles son los delitos más comunes que podemos cometer? Repasamos las infracciones, las penas de cada uno de los delitos o cómo podemos denunciar este tipo de comportamientos si los estamos sufriendo y queremos acabar con ellos. Podemos ir a la cárcel por creer que vivimos tranquilos tras el anonimato de las redes sociales. No puedes insultar ni amenazar ni acosar a través de Twitter ni Instagram ni WhatsApp pero no solo eso sino que hay otros comportamientos prohibidos como enviar capturas de pantalla de conversaciones que has mantenido con alguien o acosar a personas que no quieren hablar contigo.

Acoso e insultos en redes sociales

Basta con un paseo por cualquier perfil de Instagram de personas famosas para darnos cuenta que las amenazas o insultos son continuos y diarios en sus perfiles, creyendo que esto es solo una distracción y que no pasa nada por hacerlo. Hay casos concretos, como el de Lara Síscar (periodista en RTVE) que sufrió acoso durante siete años con un acosador que cambió de perfil en Twitter más de 50 veces para seguir insultando y amenazando. Un caso que llegó a convertirse en una pesadilla que no sólo la afectaba a ella sino a sus familiares y que acabó con la detención de los acosadores. Pero no es, ni mucho menos, algo aislado. Es habitual encontrar insultos continuos, amenazas, injurias y calumnias con un simple vistazo a cualquier red social. Usuarios que se creen impunes a la ley. Pero no es así.

Hay muchos delitos que puedes cometer en redes sociales y bastaría con una denuncia para que cerrasen tu cuenta o para sufrir penas de prisión de hasta cinco años o multas de hasta 30 meses.

Noticias de trabajo

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

¿Qué delitos puedes cometer en redes sociales?

Repasamos algunos delitos que podemos cometer en redes sociales, especialmente en medios de difusión pública como Twitter o como publicaciones en Facebook. Muchos de ellos, además, tienen como agravante la difusión a través de Internet o en medios en los que pueda haber publicidad.

Artículo 169 del Código Penal: Delito de Amenazas

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:

1.Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años. Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos

2.Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.

Penas: de 30 meses a 5 años

Artículo 197: Delito del descubrimiento y revelación de secretos (Sexting)

Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona. La pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa.

Ofertas de empleo en España

Penas: Multa de 6 a 12 meses. Prisión de 3 meses a 1 año

Artículo 205, 206 y 207 del Código Penal: Delito de Calumnia

Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses. El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.

Penas: De 6 meses a 2 años de prisión / Multas de 12 a 24 meses

Artículo 208, 209 y 210 del Código Penal: Delito de Injurias

Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 173. Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Ver más ofertas

Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses. El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando estas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de infracciones administrativas. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Penas: Prisión de 3 a 7 meses en casos leves o multa de 6 a 14 meses (en las que haya publicidad)

Artículo 490 y 491: Delitos contra la Corona

Por lo que el Artículo 490: El que calumniare o injuriare al Rey o Reina a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Regente o a algún miembro de la Regencia, o al Príncipe o Princesa de Asturias, en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si la calumnia o injuria fueran graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.

Artículo 491: Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o Reina o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe o Princesa de Asturias, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.

Anuncio de trabajo

Penas: Multa de 6 a 24 meses en Delito de imagen de la Corona

Penas: Multa de 4 a 24 meses o prisión de 6 meses a 2 años en Delito de calumnias o injurias a la Corona

El precio de insultar y amenazar en redes sociales: Delitos a los que te enfrentas

Artículo 510: Delitos relacionados con los Derechos Fundamentales

Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

Así que quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior. Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél por los motivos anteriores.

Penas: Multas de 6 a 12 meses o Prisión de 1 a 3 años

Artículo 578: Enaltecimiento del terrorismo

El enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses.

Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo mediante la difusión de servicios o contenidos accesibles al público a través de medios de comunicación, internet, o por medio de servicios de comunicaciones electrónicas o mediante el uso de tecnologías de la información.

Penas: Prisión de 1 a 2 años

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

A modo de resumen

Utilizar redes sociales como acoso a una persona es un delito que se recoge en el Código Penal y que podría incluso conllevar penas de prisión de varios años. Dependerá del delito en cuestión que la persona esté realizando y dependerá de otros agravantes como puede ser que exista publicidad y se hayan propagado en una red social, por ejemplo.

Enviar contenidos sexuales y difundirlos sin consentimiento puede acarrear hasta un año de prisión, por ejemplo, o se amplía hasta los cinco años si se han obtenido las imágenes sin el consentimiento de las víctimas. También las injurias en redes sociales están castigadas con multas de 6 a 14 meses en los casos menos graves o de inhabilitación de profesión o cargo público hasta dos años en caso de que se trate de un ataque contra determinados colectivos. En delitos de injurias o calumnias al Rey o la Reina o cualquier ascendiente o descendiente te podrías enfrentar hasta penas de prisión de seis meses a dos años si se trata de calumnia o injuria grave o de una multa de seis a doce en casos leves.

¿Qué no debemos hacer?

Comentamos en redes sociales como Instagram o Twitter (o en blogs y páginas webs) sin saber las consecuencias que esto puede tener. Pero, como explicamos en párrafos anteriores, puede conllevar multas o hasta penas de prisión y reiterar en el acoso puede ser grave.

Es fácil saber qué no debemos hacer o qué sí y basta con usar el sentido común cuando estamos en redes sociales como Twitter o Facebook pero también cuando podemos cometir delitos en WhatsApp. Sabemos que no insultaríamos o amenazaríamos a gente por la calle, a famosos. Pero lo hacemos en Instagram, en Twitter, en Facebook, en WhatsApp.

Más allá de los delitos mencionados anteriormente, hay otras conductas interiorizadas que pueden suponernos un problema o el cierre de la cuenta. Por ejemplo, compartir fotografías o vídeos que no son nuestros y que están protegidos por derechos de autor.

  • 1-No compartas imágenes o capturas de pantalla sin permiso de otra persona
  • 2- No subas o compartas imágenes o vídeos con derechos de autor
  • 3- No amenaces a ningún usuario ni acoses ni insultes
  • 4- No compartas vídeos sexuales
  • 5- No acoses, hostigues a nadie
  • 6- No compartas vídeos de violencia explícita
  • 7- No crees cuentas para intentar hablar con una persona que no quiere hablar contigo
  • 8- No añadas a usuarios a un grupo de WhatsApp sin consentimiento

Así que no solo en redes sociales como Twitter y Facebook sino que WhatsApp suele ser una de las causas más frecuentes, una de las opciones más habituales de acoso. Basta con que te quede claro que no hay nunca, bajo ningún concepto, acosar a personas que te han pedido que no las contactes. Ni en WhatsApp ni en ninguna otra aplicación. Tampoco enviar vídeos con contenido sexual y, por supuesto, no insultar ni amenazar. Esta es una práctica cada vez más común en Instagram donde nos sentimos cómodos tras el anonimato y cientos de influencers reciben cada día insultos por cualquier cosa, incluso por no responder un mensaje. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

¿Y el retweet?

Sabemos que las opiniones que hacemos en Internet o en redes sociales como Twitter pueden ser susceptibles de cometer cualquiera de los delitos anteriormente mencionados. Pero no es lo mismo escribir nuestras opiniones en una red social que simplemente retuitear lo que otros han escrito. En algunos casos, podemos reuitear simplemente para hacer ver lo que han puesto otros e incluso para manifestar nuestro descontento o desacuerdo con esa opinión. Pero para ello, podemos “comentar” el retuit añadiendo algo. Un simple retuit en la red social podría causarnos problemas.

Como recoge el abogado David Maeztu en su blog sobre derecho, en España retuitear un contenido puede que sea delito dependiendo del caso particular de cada uno. En los delitos cuya acción típica no consista en la difusión, “no hay responsabilidad penal por retuitear”. Por lo que en cambio, en los delitos en los que la acción típica incluya alguna forma de difusión, puede ser declarado como autor, aunque solo por esa difusión del mensaje original. En este segundo caso encontraríamos, por ejemplo, la difusión de contenido como pornografía infantil a través de un retuit.

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Cómo denunciar amenazas o insultos

Las principales redes sociales cuentan con mecanismos para denunciar casos de acoso de otros usuarios. Más allá de un simple bloqueo, puedes denunciar en Twitter, Instagram, Facebook o WhatsApp para que tomen medidas. Aunque si se trata de un caso grave, debes acudir a la policía para hacer la denuncia.

Lo primero que tendrás que hacer es almacenar toda la información posible sobre amenazas o acoso para poder aportarla a la policía. No basta con que avisemos a las redes sociales porque estas no van a llevar la denuncia de forma oficial y esto solo conseguirá que se elimine la cuenta de esa persona pero es importante que almacenes toda la información posible si necesitas denunciar en una comisaría.

Además, debes guardar capturas de pantalla de todas las aplicaciones o mensajes para evitar que desaparezcan si Twitter u otra aplicación elimina la cuenta de esa persona unas horas después. Almacena las imágenes de forma segura. Es interesante que hagas captura de pantalla y adjuntes de forma impresa para interponer la denuncia contra esa persona. Hay pruebas que pueden resultar válidas aunque es recomendable ponerse en contacto con un abogado penalista antes de aportarlas como tal. Por ejemplo, puedes usar como prueba:

  • Capturas y conversaciones de mensajes de WhatsApp u otras aplicaciones
  • Grabaciones de audio (siempre y cuando no vulneres la intimidad)
  • Pantallazos de otras redes sociales como Twitter o como Facebook
  • Grabación de llamadas que hayas recibido si quieres probar amenazas
  • Informes periciales médicos si las amenazas te están provocando daños
  • Testigos, en caso de que hayan presenciado insultos o amenazas

En WhatsApp

WhatsApp cuenta con una guía con opciones de seguridad avanzadas a través de la que puedes contactar con la aplicación si crees que hay una persona enviando contenido poco lícito como contenido sexual, contenido de violencia o simplemente acosando o enviando spam. Puedes contactar con WhatsApp y enviar información detallada. Desde la aplicación no leen tus mensajes así que no pueden detectar qué está sucediendo pero sí puedes ponerte en contacto con la compañía para denunciar.

En iPhone:

  • Abre WhatsApp
  • Ve al apartado de Configuración
  • Busca la sección «Ayuda»
  • Toca en «Contáctanos»

En Android, los pasos son los siguientes:

  • Abre WhatsApp
  • Toca sobre los tres puntos de la esquina superior derecha
  • Abre el apartado de Ajustes
  • Toca en el último apartado: Ayuda
  • Elige la opción: Contáctanos
  • Rellena todos los datos y añade capturas de pantalla

Otra recomendación fundamental es que nunca borres estas conversaciones ya que pueden ser una prueba posterior. No las elimines o haz capturas de pantalla para almacenarlas o imprimirlas. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Reportar

También en WhatsApp puedes reportar un número directamente, sin necesidad de contactar con la aplicación. Cuando reportas a un contacto, WhatsApp recibe los mensajes más recientes que has recibido de ese usuario y ve información sobre sus interacciones recientes así que puede decidir si quiere bloquear o suspender su cuenta de manera definitiva.

  • Abre el chat
  • Toca el nombre de contacto o el grupo de WhatsApp
  • Desliza hacia el final de la pantalla
  • Toca en “Reportar contacto / Reportar grupo”
El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

En Twitter

Puedes denunciar comportamientos abusivos en Twitter a través de denuncias de tuits específicos, de perfiles de usuarios, de mensajes directos de una lista en concreto.

  • Ve al tuit en cuestión
  • Haz clic en el icono de la flecha hacia abajo
  • Pulsa en “Denunciar”
  • Selecciona el motivo
  • Podrás añadir más información (otros tuits, por ejemplo)

Puedes seguir el mismo proceso para denunciar cualquier lista o usuario público. En el caso de mensajes directos, que es habitual recibirlos sin consentimiento, puedes denunciar también. Basta con pulsar en “Denunciar” en el mensaje concreto desde el icono de prohibido o bien ir al usuario y seleccionar “Denunciar a @nombredeusuario” El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Twitter también cuenta con recomendaciones sobre acoso y denuncia. Si ves o recibes una respuesta que no te gusta, deja de seguir a la cuenta en cuestión y finaliza todo tipo de comunicación con ella. Si el comportamiento continúa, te recomendamos que bloquees la cuenta. Al bloquearla, impedirás que esa persona te siga, o que vea tu imagen de perfil en su página de perfil o en su cronología; además, sus respuestas o menciones no aparecerán en tu pestaña de Notificaciones”.

Más allá de denunciar al propio Twitter, te animan a denunciar a la policía en caso de que tu integridad física esté en peligro. Antes, te aconsejan tener en cuenta lo siguiente:

  • Guarda copias impresas o capturas de pantalla de mensajes abusivos
  • Sé lo más específico que puedas sobre el motivo de tu preocupación
  • Proporciona todo el contexto posible con respecto a quiénes crees que podrían ser
  • Proporciona toda la información posible con respecto a amenazas anteriores

En Instagram

También puedes denunciar amenazas o insultos en Instagram, tanto usuarios y perfiles con contenido abusivo como comentarios concretos o publicaciones que hayan subido. Podemos denunciar usuarios y perfiles pero también comentarios concretos. Esto hará que Instagram tome medidas o cierre el perfil si considera que viola las normas.

En caso de ser un usuario, sigue estos pasos:

  • Abre Instagram
  • Busca al usuario en cuestión
  • Abre su perfil
  • Toca sobre los tres puntos de la esquina superior derecha
  • Elige “Denunciar”

En el caso de ser publicaciones, sigue estos pasos:

  • Ve a la publicación donde has visto el comentario
  • Mantén pulsado el comentario
  • Toca en el icono de la exclamación en la esquina superior derecha
  • Elige por qué quieres denunciar
    • Es spam
    • Es inapropiado
  • Marca “Es inapropiado”
  • Elige el motivo
    • Desnudo y actividad sexual
    • Lenguaje o símbolos que incitan al odio
    • Violencia u organizaciones peligrosas
    • Venta de productos ilegales o regulados
    • Bullyng o acoso
    • Infracción de la propiedad intelectual
    • Suicidio o autolesiones
El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Normas de Instagram

Algunas de las normas que deben cumplirse en Instagram son:

  • Comparte solo fotografías o vídeos que hayas hecho o que tengas derecho a compartir. Tú eres el propietario del contenido que publicas en Instagram y publica solo contenido auténtico
  • Publica fotos y vídeos que resulten apropiados
  • Fomenta interacciones relevantes y genuinas
  • Respeta al resto de miembros de la comunidad de Instagram
  • Constribuye a mantener este entorno de ayuda y no ensalces autolesiones
  • Reflexiona antes de publicar eventos de interés
  • Cumple la ley. “En Instagram no tienen cabida personas que apoyen o elogien el terrorismo, el crimen organizado o a grupos que promuevan el odio. Tampoco está permitido ofrecer servicios sexuales, la compraventa entre particulares de armas de fuego y productos relacionados con el alcohol o el tabaco ni la compraventa de fármacos ilegales o con receta (aunque fuese legal en tu país). Asimismo, Instagram prohíbe la venta de animales vivos entre particulares, aunque las tiendas con establecimiento físico pueden ofrecer estas ventas”.

En Facebook

Facebook es otra de las redes sociales en las que se pueden denunciar comportamientos inadecuados cometidos por prácticamente cualquier usuario. El proceso para reportar un mensaje es muy simple y consta de los siguientes pasos:

  • En la pantalla de inicio hay que clickar en Messenger, dentro del menú de la izquierda.
  • Abrir la conversación que se quiere reportar.
  • A la derecha, en privacidad y ayuda, hacer clic en «hay un problema».
  • Seleccionar una categoría para guiar a Facebook a entender cuál es el problema y hacer click en siguiente.
  • Enviar los comentarios correspondientes.

La persona que ha sido reportada por insultos o amenazas no sabrá en ningún momento cuál es el usuario que ha enviado dicho reporte. Eso sí, hay que tener en cuenta que todo lo que sea ofensivo para alguien no tiene por qué infringir las normas comunitarias de Facebook. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Normas de Facebook

Así pues, estos son los supuestos en los que realmente se están infringiendo dichas normas:

  • Bullying o acoso

Es contenido que está siendo dirigido de forma deliberada contra una persona con el fin de avergonzarla o humillarla delante del resto de usuarios. También puede ser un contacto reiterado con una persona cuando el deseo y el interés de esta es claramente evitar dicho contacto.

  • Amenazas directas

Son amenazas graves de daños a la seguridad pública o personal, amenazas físicas creíbles y también relacionadas con la sustracción de objetos, vandalismo u otros actos que causen un perjuicio económico.

  • Explotación y violencia sexual

Es contenido que secunda la violencia o la explotación sexual, siendo claro ejemplo la solicitud de material, cualquier contenido sexual relacionado con menores, amenazas de compartir imágenes íntimas u ofertas de realización de servicios sexuales. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Recomendaciones para ciberacoso en niños

La Policía Nacional y la Fundación Mapfre cuentan con una guía contra el ciberacoso en niños que debemos tener en cuenta si queremos evitar el ciberacoso y el mal uso de Internet en menores, especialmente en adolescentes que no cuentan con demasiada información sobre qué pueden hacer y qué no hacer en Internet. Pero también diseñada para padres que deben controlar qué hacen sus hijos pequeños o que quieren evitar posibles riesgos a la hora de usar redes sociales o juegos online.

Los padres deben enseñar a los más pequeños de la casa o a los adolescentes cómo utilizar las redes sociales o Internet para poder preservar su seguridad y privacidad online aunque los consejos de la guía contra el ciberacoso en niños no implican que se descuide por completo la vigilancia activa, especialmente en los más pequeños, tanto en contenido como en tiempo.

  • Información personal

Evitar subir cierta información, fotografías o vídeos que muestren detalles personales como domicilio, número de teléfono o lugar de trabajo o estudios. Es importante recalcar a los adolescentes que usan redes sociales que no deben dar sus datos personales ni exponer dónde viven ni dónde estudian.

  • Configuración

Configura la cuenta para compartir información solo con amigos y no dar datos personales a personas que no sean de total confianza. La mayoría de aplicaciones nos permiten limitar qué personas nos contactan. Por ejemplo, WhatsApp nos permite limitar quién ve nuestra foto o Facebook nos da control sobre casi cada publicación que subimos. También Instagram cuenta con su apartado «mejores amigos», por ejemplo.

  • Información mostrada

Ten cuidado con la información que se muestra, las fotografías que se suben o los comentarios que se hacen, asegurándose que sean adecuados. Evitar incluir datos personales en nombres de usuario y direcciones de correo electrónico. Esa información también debe protegerse y ser privada. El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

  • Siempre con un adulto cerca

En Internet no todo el mundo dice quien dice ser y nunca se ha de quedar a solas un menor con un desconocido. Una persona con la que se habla en Internet nunca será alguien que se conoce realmente y que sabemos cómo es en realidad. Hay aplicaciones de control parental que también nos permiten limitar quién llama a ese número de teléfono o con qué personas pueden hablar los niños, algo especialmente recomendable si son pequeños y quieres que solo se comuniquen con su familia.

  • Desconfiar

Desconfiar de las personas desconocidas que pidan información personal y no agregar en redes sociales a quien no sea una persona de confianza.

  • Webcam

Mantener tapada la webcam cuando no se esté utilizando o utilizarla sola con personas que se conozcan personalmente pero nunca con desconocidos. Es un consejo recomendable para niños y adolescentes pero también aplicable a adultos. Si no estás usando la webcam puedes desenchufarla si no se trata de un portátil. En caso de portátiles hay muchas pegatinas y gadgets que nos permiten taparla. Fuente* Adsl Zone

Insultar en redes es delito y si te insultan así es como debes actuar

El precio de insultar y amenazar en las redes sociales

Anuncios 10⭐

La mejores oportunidades de empleo 👇