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Subidón de las pensiones por incapacidad permanente en abril 2024
Si bien no hay una enumeración oficial, te presento las afecciones que podrían justificar la solicitud de una pensión por incapacidad permanente.
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Subidón de las pensiones por incapacidad permanente en abril 2024
La incapacidad permanente es una situación laboral en la que un trabajador pierde de forma permanente la capacidad para llevar a cabo su profesión habitual. Esta situación puede ser causada por una enfermedad, un accidente o una combinación de ambas.
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Tipos de incapacidad permanente
- Incapacidad permanente parcial: el trabajador queda con una disminución que no supera el 33% de su capacidad laboral.
- Incapacidad permanente total: el trabajador queda inhabilitado para realizar todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta.
- Incapacidad permanente absoluta: el trabajador queda inhabilitado para realizar cualquier profesión u ocupación.
- Gran invalidez: el trabajador queda inhabilitado para realizar cualquier profesión u ocupación y precisa la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria.
Requisitos para solicitar la pensión de incapacidad permanente
- Estar en el rango de edad de 18 a 65 años.
- Residir en España durante un periodo mínimo de 5 años, de los cuales al menos 2 deben ser consecutivos.
- Presentar un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- No sobrepasar el límite de ingresos anuales establecido para la pensión no contributiva de jubilación.
Cuantías de la pensión de incapacidad en 2024
Las pensiones de gran invalidez varían según la presencia de un cónyuge a cargo:
- Con cónyuge a cargo: 1.448,80 euros al mes.
- Sin cónyuge: 1.173,53 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 1.113,88 euros al mes.
Las pensiones de incapacidad permanente total para mayores de 65 años también varían según la situación conyugal:
- Con cónyuge a cargo: 965 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 743 euros al mes.
- Sin cónyuge: 783 euros al mes.
Para personas de 60 a 64 años con pensión de incapacidad permanente total:
- Con cónyuge a cargo: 906 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 692 euros al mes.
- Sin cónyuge: 732 euros al mes.
Pensiones de incapacidad permanente total derivadas de enfermedad común para menores de 65 años:
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- Con cónyuge a cargo y sin cónyuge: 577 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 572 euros al mes.
Enfermedades que dan derecho a pensión por incapacidad permanente
Algunas enfermedades que pueden dar derecho a la pensión por incapacidad permanente son:
- Alzheimer
- Cáncer
- Depresión
- Ictus
- Parkinson
Y muchas más. La concesión de la pensión dependerá del Tribunal Médico.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la pensión por incapacidad permanente?
Debes tener entre 18 y 65 años, residir en España, tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% y no superar el límite de ingresos anuales.
¿Cómo se determina el tipo de incapacidad permanente?
El INSS evalúa al trabajador y determina si es parcial, total, absoluta o de gran invalidez.
¿Qué cantidad mínima se recibe por una pensión de incapacidad permanente total?
La pensión mínima es de 966,20 € mensuales para aquellos con cónyuge a su cargo.