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La ‘tasa 0,0’ de la DGT entra en vigor en marzo: ¿a qué conductores afecta?

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La 'tasa 0.0' de la DGT entra en vigor en marzo: ¿a qué conductores afecta?

La ‘tasa 0.0’ de la DGT entra en vigor en marzo: ¿a qué conductores afecta?

La DGT continúa reforzando la seguridad en las carreteras. En estos años, las nuevas formas de circular ha obligado a adaptar igualmente la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una reforma con la que mejorar el sistema y la convivencia entre todos.

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Uno de los aspectos más novedosos de esta reforma, que entrará en vigor el próximo 21 de marzo, es la ‘tasa 0,0’ de alcohol, es decir, la prohibición directa de consumir bebidas alcohólicas antes de la circulación. Hasta la fecha, la normativa de la DGT establece que no se puede conducir con más de 0,25 mg de alcohol por aire espirado, registro que se reduce hasta los 0,15 mg para los conductores noveles. En este sentido, la ley incorpora en su articulado la ‘tasa 0,0’ de alcohol, aunque no afectará a todos los conductores.

Según la nueva normativa de la DGT, la tasa 0,0 sólo se exigirá a los menores de edad que circulen en bicicleta o en patinetes eléctricos.

Otras prohibiciones

  • En carreteras convencionales, los turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos
  • No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos
  • Si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos
  • Para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos. Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable
  • Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos
  • Si tienes una moto o un ciclomotor, puedes utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en tu casco de protección para fines de comunicación o navegación
  • No usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.
  • Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.

La ‘tasa 0.0’ de la DGT entra en vigor en marzo: ¿a qué conductores afecta?

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